A partir de la publicación del R.D. 436/2004, el productor de energía eléctrica mediante energía solar tiene el derecho de vender toda la producción y cobrar de la empresa distribuidora un precio por Kwh establecido que permite amortizar la instalación con las ventajas económicas y medioambientales que esto supone.
La posterior normativa R.D.661/2006 y el R.D. 1578/2008 siguen apoyando el desarrollo de esta tecnología bajo un escenario sostenible adaptado a la situación real del mercado.
Entre todas las aplicaciones de la energía solar fotovoltaica, los sistemas de conexión a red son los que han experimentado el mayor desarrollo en los últimos años. Su principio de funcionamiento es muy simple:
Generación Eléctrica: El generador fotovoltaico (conjunto de módulos conectados eléctricamente entre si) se encarga de transformar la energía del sol en energía eléctrica, generando una intensidad en corriente continua proporcional a la radiación solar incidente.
Adecuación de la energía generada: Esta energía producida por los módulos, no es posible inyectarla directamente en la red eléctrica, ya que previamente debe ser transformada a corriente alterna. Esta función es realizada por unos equipos llamados inversores, generando a su salida una corriente de la misma frecuencia y tensión que la de la red eléctrica, y por consiguiente, aptas para ser consumidas por cualquier usuario.
Conexión eléctrica y venta de la energía: Una vez transformada por los inversores, toda la producción de la instalación será inyectada a la red de Baja Tensión de la Compañía Eléctrica Distribuidora.
Se hace por tanto necesario contabilizar toda la energía eléctrica inyectada a la red mediante un contador de energía bidireccional (generación y consumo), con el fin de contabilizar el posible consumo de la instalación, en los periodos de funcionamiento en modo de stand-by ó de no-radiación.
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